miércoles, 7 de noviembre de 2012

Es obligado llamar nazis a los nazis

Cualquiera de las variantes de la xenofobia (una de ellas puede ser la lingüística) no deja de ser un ejemplo de nazismo. 

Cuando a uno le hablan de los nazis lo primero que le viene a la mente son los campos de exterminio y el espantoso genocidio de millones de seres humanos. Pero no debe olvidarse que mucho antes de llegar a ese grado de esquizofrenia el nazismo había aplicado gradualmente, en función de la cuota de poder que poseyó en cada momento (entre 1921 y 1945), una propaganda intensiva, cargada de odio, que más tarde degeneró en xenofobia hacia todo lo que pudiera alejarse del modelo ario definido por ellos en su programa de 25 puntos, que aspiraban a implantar sin importar el precio en todo el hinterland teutónico fijado previamente.

Es decir, la característica principal del nazismo fue la xenofobia y el deseo expansionista (¿les suena?), derivada en sus últimos años en furia asesina y uso de cuanto armamento cayó en sus manos. El nazismo escogió como víctimas preferentes a los judíos (a los que bien temprano comenzaron a insultar y a agredir con total impunidad), pero también a los gitanos europeos, a ciertos grupos eslavos considerados inferiores (especialmente rusos), a los católicos de dentro de la gran Alemania o de fuera de ella (a poder ser polacos) y a cualquier otro grupo étnico o religioso que se opusiera a semejante ceguera mediante la razón, la fe o, sencillamente, mediante la honestidad intelectual.

Cuando en un partido político se comportan de continuo como lo hicieron las jaurías de nazis en sus primeros tiempos, cuya principal característica consistió en el desacato a la Ley y en el abuso de poder, una de dos: O en ese partido son decididamente unos nazis o intentan angustiosamente parecerse a ellos sin advertir que el nazismo, si aspira a sobrevivir, necesita sobrepasar a diario sus propia perversidad y tarde o temprano deberá adentrarse en el crimen y en la opresión más absoluta hacía las personas no sometidas a su Régimen. Así fue en la Alemania hitleriana y tal parece ser el camino (aún muy en sus inicios) que lamentablemente ha tomado Artur Mas, siempre obediente a los dictados de la 'famiglia' Pujol, uno de cuyos hijos, el muchachito Oriol (Señor de las concesiones ITV), no tardará en decirle: "Ahora que ya has hecho el trabajo sucio, quítate tú para ponerme yo". Lo que obligará a Mas a dimitir aun cuando saque un alto número de diputados. Sin son muchos, para que Oriol gestione a las bravas la independencia; si son pocos, porque han sido pocos y es preciso un nuevo líder en el partido que consiga muchos. Y juraría que sucederá así. ¡Que hay que ver lo pardillo que a unos cuantos nos parece Mas


El creador e ideólogo de Covergencia, Jordi Pujol, que se sepa jamás ha pedido perdón por sus infamantes frases sobre los andaluces. Todo lo contrario, su comportamiento a lo largo de 23 años de gobierno regional, inculcando cuando odio fue capaz hacia el resto de los españoles, demuestra el carácter xenófobo (y por lo tanto nazi) de tan detestable sujeto.

No es necesario destacar, al ser de sobras conocido, el rosario de irregularidades políticas, desacatos a las leyes y abusos de poder que los gobernantes de CiU han perpetrado (o prorrogado) desde que mandan en esta última etapa en la 'Generalitat' catalana. De lo anterior ya ni hablemos: 23 años de desprecios y desafíos al resto de España, cualquiera que fuese su gobierno. Si a eso le sumamos que han acumulado una deuda inmensa como consecuencia de haberse gastado el dinero público en toda clase de regalías (toda la prensa regional) y subvenciones a cuanta empresa o asociación les ha venido secundando en su delirio independentista (muchas de ellas creadas ex profeso para ello), entonces la conclusión lógica a semejante proceder solo puede llevar a catalogarles de nazis. Nadie con un aprecio mínimo a la democracia obraría así mientras cierra quirófanos y esquilma con los impuestos más altos de Europa, pero CiU, con ese modelo de comportamiento opresivo y arbitrario, rechaza la democracia y solamente usa la palabra para alentar a las masas a que secunden su engañoso referéndum. Eso sí, consultarán al pueblo una vez que estén convencidos de que el adoctrinamiento y la propaganda han reblandecido ya al número suficiente de adictos a la 'voluntad de ser'.

Obsérvese que la persona despedida por "Bienestar Social" (que tiene guasa) ha marcado las casillas en las que el trabajador indica que además de entender y leer en catalán, también entiende, habla, lee y escribe en castellano. No fue suficiente: Denegado el arraigo y a la p... calle. Si algo así sucediera en una Cataluña independiente, me temo que muchos miles de españoles serían expulsados por la misma causa arbitraria (incluso unos cuantos nacidos en la propia Cataluña). Simplemente, son personas mayores que nunca tuvieron necesidad de escribir en catalán o bien se trata de gente más joven que ha nacido y se ha criado lejos de la Cataluña profunda, es decir, en las grandes ciudades-dormitorio que rodean a Barcelona, donde el catalán se usa poco. 
Un dato más que rebela la condición de xenófobos de los convergentes, y por lo tanto de nazis, viene reflejado hoy en la portada de ABC, donde se documenta que se le ha negado el arraigo a un emigrante que lleva siete años en Cataluña. Y se ha tomado la decisión por el simple hecho de que el emigrante solamente entiende el catalán y sabe leerlo, pero no habla ni escribe en ese idioma. Es más, tal y como se documenta en el citado diario, la situación lingüística del emigrante encima le ha llevado al paro, ya que era vigilante desde hace cinco años en la Administración catalana. Moraleja: Pide el arraigo y te pedirán pureza de sangre 'aria'.

PD: Hasta hora no he sido demasiado partidario de llamar nazis a los componentes de CiU, si bien es posible que lo haya hecho alguna vez de pasada y de refilón. Lo más frecuente ha sido calificar de fascista alguna que otra medida impuesta por ellos, cuando en verdad dicha medida clamaba al Cielo. También he hablado del comportamiento desaprensivo, realmente fascista, de quien ahora es el jefe de la coalición. Pero creo que ha llegado el momento, visto que no pasa un solo día en que no salte a los titulares el comportamiento nazi de esta gente, de aludir a esos delincuentes (quien no cumple la Ley es un delincuente) como en realidad se merecen. Vamos, que lo obligado es llamar nazis a los nazis. Y si no, que no se comporten como tales.

8 comentarios:

  1. Anónimo23:14

    Buenas noches Pedro. Demostrar el arraigo es un requisito imprescindible para que un inmigrante ilegal pueda regularizar su situación. Dicho de otra manera, actualmente los inmigrantes que pueden demostrar que han estado 5 años viviendo ilegalmente en España y puedan demostar su arraigo social, se les concede el permiso de residencia "por arraigo".En Cataluña hay muchas maneras para que uno pueda demostrar su arraigo social entre las que se encuentra el hablar catalán.
    No entiendo como puedes decir que desde hace 5 años trabaja en la administración catalana, si ES UN SINPAPELES. La Generalitat comete muchos errorres pero por supuesto que, no contrata a gente sin papeles. Asi pues, tendrias que canviar "al paro por no hablar catalán" por "sin papeles por no hablar catalán".
    Te rogaría que fueses más riguroso en tus titulares.
    Atentamente.
    Francisco B.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. En el supuesto de que hubiese alguna ley que obligara a hablar el catalán para considerarse arraigado en Cataluña, dicha ley me parecería completamente inconstitucional por cuanto obligaría a darle un tratamiento similar a miles y miles de personas que en Cataluña no se expresan en ese idioma.

      Es posible, no obstante, que el actual Estatuto indique algo parecido, pero no he sido capaz de encontrar nada que se refiera al arraigo y mucho menos a la necesidad de hablar en catalán para lograrlo. En cualquier caso, las leyes nunca pueden ser retroactivas y el trabajador magrebí llego a Cataluña antes de que el nuevo estatuto entrase en vigor. Y por favor, no confunda ilegalidad con desarraigo. ¿Qué es eso de un "sinpapeles"? Un trabajador magrebí o de cualquier otra nacionalidad es perfectamente legal en toda España (Cataluña incluida) en cuanto disponga de un domicilio fijo y un permiso de trabajo. El trabajador llevaba 5 años al servicio de la Administración catalana, plazo necesario para pedir el arraigo y tener derecho a la reunificación familiar, lo que es muy distinto a la condición de sin papeles que ya de entrada usted le adjudica.

      Mire lo que dice el Estatuto sobre las lenguas:
      Artículo 33.1. Los ciudadanos tienen el derecho de opción lingüística. En las relaciones con las instituciones, las organizaciones y las Administraciones públicas en Cataluña, todas las personas tienen derecho a utilizar la lengua oficial que elijan. Este derecho obliga a las instituciones, organizaciones y Administraciones públicas, incluida la Administración electoral en Cataluña, y, en general, a las entidades privadas que dependen de las mismas cuando ejercen funciones públicas.

      El caso que nos ocupa (se trata de una noticia publicada en primera página del diario ABC y debidamente contrastada) el trabajador declaró (como es posible ver en el documento de la segunda imagen) que entendía el catalán y podía leerlo, además de entender, hablar, leer y escribir el castellano (lengua oficial del Estado). Luego está claro, al menos para mí, que se trata de un acto arbitrario destinado a vete a saber qué.

      Finalmente aludo a esta nota suya: "En Cataluña hay muchas maneras para que uno pueda demostrar su arraigo social entre las que se encuentra el hablar catalán". Y me parece muy bien lo que usted dice, pero da la sensación de que hablar catalán sea la única manera válida para quien ha denegado el arraigo.

      Gracias por anotar en un tono amable y, por supuesto, el ruego respecto al rigor es recíproco.

      Eliminar
    2. Anónimo20:01

      Buenas tardes, en primer lugar disculpa por lo que te comenté ayer pero no sabía que este articulo fue publicado en ABC. De todas formas, me reafirmo en lo que dije: la solicitud de arraigo solamente se pide a los inmigrantes que se encuentran de forma irregular en España para poder regularizar su situación. Para cualquier otro trámite (renovación documentos, reagrupamiento familiar, etc...) nunca se pide el arraigo social (puedes consultar ens las webs del ministerio de interior).
      Así pues, es una contradicción que un señor pida el arraigo si ya está regularizado. Pienso que el ABC con estas portadas lo que está haciendo es poner más leña al fuego y que muchos catalanes se sientan cada vez más nacionalistas-independentistas y viceversa.
      Yo soy catalan y español, últimanente con las declaraciones que se hacen desde los dos bandos opuestos, se está creando un clima de confrontación en Cataluña. Yo creo en la moderación de las declaraciones, y pienso que expresiones de "España nos roba" o la comparación de los nacionalistas con los nazis, hace que todos los bandos se radicalizen. Te invito a que entre todos moderemos nuestras declaraciones para volver a la tranquilidad.
      Francisco B.

      Eliminar
    3. El artículo no fue publicado en ABC, solamente la noticia acerca del magrebí despedido, en la que se daban bastantes datos. A partir de ahí, como se muestra en las imágenes capturadas al diario, desarrollo mis propias conclusiones. A usted le gustarán más o menos, pero es lo que honradamente creo. Y desde luego no me parece posible que el ABC lleve a su primera página, de no ser absolutamente cierto, lo que usted llama "poner más leña al fuego". El nacionalista si tiene que dejar de serlo no será ocultándole la realidad, por más que esta le enfurezca y le radicalice. Bastante motivado tiene a los nacionalistas las arengas de sus líderes. No seamos tan ingenuos.

      Eso sí, valoro mucho su moderación y su llamada a evitar el clima de confrontación, que considero muy razonable. Lo que ocurre es que también considero que la parte malvada de esta confrontación es la nacional-separatismo, a la que no es posible combatir con paños calientes. Es decir, jamás diré una palabra en lo que me quede de vida sobre el nacionalismo en cuanto esa gente vuelva a la cordura. Pero no será nada fácil, de ahí que me proponga (al menos durante un tiempo) desenmascarar sus fechorías. Y el tema del magrebí despedido la considero una de ellas.

      Quizá no sirva para nada, porque tienen ya el camino muy trillado, pero creo que debo de intentarlo. Y es evidente que no basta con un "nene malo". Por cierto, ¿interviene usted también pidiendo moderación en los blogs nacionalistas?, que los hay a miles.

      En cuanto al tema de fondo, a ver si soy capaz de hacerme comprender mediante un ejemplo: Tomemos un extranjero cualquiera al que, debido a su buena preparación o experiencia, ha sido contratado en su propio país por una empresa española (o multinacional con delegación en España). A esa persona se le facilita un contrato de trabajo donde además se le asegura una vivienda, que sería su residencia fija. Bien, pues en tal caso el trabajador es legal nada más poner el pie en España, porque cumple con los dos únicos requisitos necesarios.

      Ahora bien, si quiere conseguir traerse a España a su familia (pongamos esposa e hijos) y que ellos también sean legales, deberá acreditar el arraigo, porque hay mucha picaresca y determinados contratos pueden romperse como ocurre con las bodas de conveniencia entre españoles y extranjeros. De ahí que sea preciso un período de 5 años, transcurrido el cual incluso puede solicitarse la nacionalidad española, que dependerá del país de origen.

      En el caso del mabregí objeto del debate, se sabe que antes de ser contratado por un organismo oficial había pasado dos años en España, y lo más probable es que en el momento de ser contratado ya fuese legal al disponer de un contrato anterior en otra empresa distinta, además de domicilio fijo, por lo que el organismo oficial que lo contrató (entonces dependiente de un Tripartito que llegó a firmar un convenio sobre emigración con Marruecos) a mi juicio no cometió ninguna irregularidad, que parece sea su principal argumento en contra.

      Si ha visitado usted determinadas páginas donde se cita una normativa acerca del arraigo que cree pueda contradecir mi opinión, le agradecería que anotase aquí los enlaces o hiciera un breve resumen de ella, como hice yo con el Estatuto catalán.

      Eliminar
    4. Anónimo19:17

      Hola Pedro, te envio dos links. El primero explica quién pude pedir el arraigo (solamente los extrangeros irregulares). El segundo (disculpa que sea tan largo) habla sobre los trámites para reagrupar y fijate que en ningún momento pide ningun informe de Benestar Social. http://www.arraigo.es/
      http://www.google.cat/url?sa=t&rct=j&q=tramites%20para%20reagrupamiento%20familiar&source=web&cd=4&ved=0CDYQFjAD&url=http%3A%2F%2Fextranjeros.empleo.gob.es%2Fes%2Finformacioninteres%2Finformacionprocedimientos%2Fdocumentos2%2F12.pdf&ei=7kadUNDHHqGK0AXk6YHgCw&usg=AFQjCNFY5DG6L6jsdjzPLxq-b7zwV32T4Q
      Atentamente
      Francisco B

      Eliminar
    5. Bien, muchas gracias por los enlaces y vamos por partes.
      De la información del primer enlace (un resumen elaborado por una asesoría jurídica online) se desprende que es posible pedir el arraigo por dos motivos:

      1.- ARRAIGO LABORAL: podrán regularizar su situación por ésta vía, aquellos extranjeros que acrediten una permanencia continuada en España durante un periodo mínimo de dos años, siempre que no tengan antecedentes penales tanto en España como en su país de origen, y acrediten la existencia de relaciones laborales cuya duración no sea inferior a un año.

      Añado mi interpretación: Se regulariza el inicio del arraigo, no la situación laboral, de ahí que se pida un contrato de un año.

      2.- ARRAIGO SOCIAL: podrán obtener esa autorización, los que acrediten la permanencia en España por un periodo mínimo de tres años siempre que cuenten con un contrato de trabajo firmado tanto por el trabajador como por el empresario por un año de duración, al tiempo de la solicitud, y carezcan de antecedentes penales tanto en España como en su país de origen. Así mismo, han de acreditar vínculos familiares con otros extranjeros residentes, o en su defecto, presentar un informe emitido por el ayuntamiento de la localidad en que resida que acredite su inserción social.

      Aquí se habla de un informe del ayuntamiento, pero la Ley que puede verse en el segundo enlace dice que será así siempre y cuando la Administración de la comunidad haya delegado en un ayuntamiento ese trámite.

      De dónde saca usted esto: "solamente los extrangeros (sic) irregulares". No debe interpretarse en ningún caso como los "sinpapeles", tal y como usted aseguró en su primer comentario: "No entiendo como puedes decir que desde hace 5 años trabaja en la administración catalana, si ES UN SINPAPELES".

      observe que la clave en ambas situaciones es contar con un contrato de trabajo con un año mínimo de duración, que es lo que ya de entrada le confiere la regularidad laboral pero no el arraigo. El arraigo, según se desprende aun con mayor claridad en la Ley, tiene como objetivo la reagrupación familiar. Y hasta tal punto es así, que el impreso de la Ley se titula "AUTORIZACIÓN DE RESIDENCIA TEMPORAL POR REAGRUPACIÓN FAMILIAR" y especifica: "Se trata de una autorización de residencia temporal que se podrá conceder a los familiares de los extranjeros residentes en España, en virtud del derecho a la reagrupación familiar".

      Perdone si le parezco un poco categórico, pero documentación en mano debe aceptar usted que es exactamente lo que yo le he venido comentando.

      Ahora bien, en la Ley se indica lo siguiente: "4. Documentación acreditativa de disponer de vivienda adecuada. Para ello deberá adjuntar informe expedido por el órgano competente de la Comunidad Autónoma del lugar de residencia del reagrupante".

      Y aquí es donde yo deduzco que el pobre magrebí ha ido a parar a "Bienestar Social", un departamento de la 'Generalitat' que al disponer de las competencias en emigración (como le dije transferidas en tiempos de ZP al Tripartito) ha complementado la ley general añadiendo la necesidad de hablar y escribir en catalán. Es decir, por el tema del idioma tal vez podían denegarle el arraigo al magrebí, pero me sigue pareciendo una fechoría digna de un régimen totalitario. Y ya no hablemos de ponerlo en la calle después de 5 años.

      Amigo Francisco, ¿lo tiene ahora más claro?

      Eliminar
  2. Hola Pedro. Creo que tienes razón en llamar a las cosas por su nombre. Pienso que has sido muy moderado si hasta ahora no lo has hecho, porque yo llevo pensando que los nacionalismos en este país tienen un perfil nazi desde hace décadas.

    Lo que a mí me llama la atención de esto es que, en esta sociedad nuestra donde lo progre abunda, y a todo hijo de vecino se le llena la boca con cualquier conducta que suene a fascista, no se dedique más tiempo a calificar y excluir a estos nacionalistas. No lo entiendo; de verdad que me parece una incongruencia.
    Gracias por tus artículos. No siempre comento porque poco hay que añadir a lo que dices, pero siempre me parecen interesantes.

    ResponderEliminar
    Respuestas
    1. Muchas gracias a ti por valorar mis artículos. Siempre ayuda saber que sirven para algo.

      Eliminar

Comentarios moderados.